Oaxaca.- De las 801 clínicas de salud y hospitales que el gobierno de Oaxaca se comprometió a transferir al IMSS-Bienestar, 592 carecen de título de propiedad; es decir, las autoridades no cuentan con el documento que acredita la pertenencia legal de los inmuebles.
En el convenio de colaboración signado entre los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) y el IMSS-Bienestar se establece que las autoridades estatales deberán realizar las gestiones que sean necesarias para acreditar la propiedad de los inmuebles y posteriormente donarlos al nuevo régimen de salud.
Los principales hospitales de Oaxaca que carecen de título de propiedad son el Hospital Civil “Aurelio Valdivieso” de la ciudad de Oaxaca; Tamazulápam del Espíritu Santo (segundo nivel), Huajuapan de León (segundo nivel), Ixtlán de Juárez (segundo nivel), Psiquiátrico Cruz del Sur, María Lombardo y San Pablo Huixtepec.
Asimismo, el hospital “general” de San Pedro Pochutla, Juquila, Pinotepa Nacional, Ciudad Ixtepec, Tehuantepec, Tlacotepec, Salina Cruz, Valle Nacional, Puerto Escondido y Santa María Huatulco, entre otros.
“El gobierno de la entidad se obliga a llevar a cabo las acciones necesarias para obtener a su favor el título de propiedad que corresponda, a efecto de que con posterioridad pueda realizar las acciones conducentes para su donación a favor del “IMSS-Bienestar”, refiere el documento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) hace dos días.
El gobierno federal indicó que para acreditar la propiedad de los inmuebles “el gobierno de la entidad será responsable de lo siguiente (de) integrar el expediente conforme a las bases para la recepción y ponerlo a disposición de IMSS-Bienestar”.
Asimismo, de elaborar un programa de trabajo y presentarlo a consideración de IMSS-Bienestar “en el que se consideren entre otros aspectos la situación jurídica de los inmuebles, trámites a realizarse para la regularización de la propiedad a favor del gobierno de la entidad, ruta a seguir y proyecto de cronograma de acciones.
“El gobierno de la entidad está conforme en que, una vez que obtenga la regularización de la propiedad a su favor de los bienes que se contienen en el anexo 2 de este instrumento jurídico, deberá realizar las acciones que se mencionan en el apartado A de esta cláusula dentro del plazo que de común acuerdo determinen las partes”.
Mientras tanto, en lo que respecta a los inmuebles que cuentan con titulo de propiedad se indica que el gobierno estatal debe cumplir en un término no mayor a seis meses con los trámites correspondientes para establecer la propiedad de los inmuebles y cederlos al gobierno federal.
“El gobierno de la entidad se obliga a iniciar las acciones, en un plazo que no exceda de seis meses, contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente instrumento jurídico, e integrar la documentación y autorizaciones que le permitan desincorporar y otorgar en donación a título gratuito al IMSS-Bienestar las unidades médicas que se contienen en el anexo 1 del presente instrumento jurídico”, resalta.
Precisa que la autoridad local será responsable de integrar el expediente a que se refieren las bases para la recepción y ponerlo a disposición de “IMSS-Bienestar”.
Asimismo, obtener la autorización de la Junta Directiva del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Oaxaca para “llevar a cabo la donación de los referidos inmuebles en favor de IMSS-Bienestar”.
El escrito refiere que también deberán gestionar ante las dependencias competentes del Gobierno del estado de Oaxaca y, en su caso, tramitar ante el Congreso local, la autorización de desincorporación de los mencionados inmuebles del régimen de dominio público, para su donación al IMSS-Bienestar.
“Integrar los expedientes para realizar las gestiones de reversión a favor del Gobierno Federal, ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en los casos en que el Gobierno Federal hubiera donado los inmuebles y se encuentre incluida la cláusula de reversión en favor del Gobierno Federal.
“Asimismo, deberá llevar a cabo las acciones para otorgar ante Notario del Patrimonio Inmobiliario Federal, el traslado de dominio de las superficies con construcción en las que se encuentran edificadas las unidades médicas, designando al Fedatario Público el “IMSS-BIENESTAR”, para consignar a su favor la donación en forma pura y simple, libre de todo gravamen, sin deuda de contribuciones y con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda”.
El convenio fue signado el 15 de marzo de 2024 y publicado el 13 de agosto en el DOF.