A partir del 15 de enero del 2023 quedará prohibido completamente la exhibición de cigarros en todos los puntos de venta del país.
Así lo determina un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) donde se explica que dichas modificaciones fueron realizadas al Reglamento de la Ley General de Control del Tabaco, y entrarán en vigor a partir del próximo 15 de enero, por lo que se prohíbe la exhibición “directa o indirecta de los productos elaborados con tabaco” en los espacios de venta abiertos o cerrados.
Sin embargo, aclara que sólo se estará permitido tener una lista que esté disponible al público con las marcas y precios disponibles
“Para la comercialización de los productos de tabaco deberá realizarse a través de una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas. Dicha lista de comercialización deberá cumplir con los requisitos y características que establezca la Secretaría (de Salud) mediante disposiciones generales que al efecto emita, y deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación”, reza el documento.
También los restaurantes ya no podrán ofrecer servicio de alimentos y bebidas en las zonas que son para fumadores.
Además, fueron prohibidas las comunicaciones personales para promover productos, marcas o fabricantes de tabaco.
Al respeto la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC) informó que esta medida pone en riesgo a 600 mil vendedores, ya que los cigarros representan 25 por ciento de las ventas de los pequeños comerciantes.
“Los pequeños comerciantes nos pronunciamos en contra de esta política prohibicionista, pues afectará a millones de familias”, apuntó la ANPEC en un comunicado difundido a través de redes sociales.