La LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca ha aprobado la ley que prohíbe la circulación de moto taxis en las carreteras estatales y federales.
Con 29 votos a favor, se ha aprobado la ley de prohibición de moto taxis que prestan servicios públicos en las carreteras, instando a la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) a aplicar la ley de manera uniforme.
Esta ley prohíbe el tránsito de moto taxis en las principales vías de comunicación estatales y federales, así como viajar por tramos de carretera fuera de su localidad.
Las recientes incidencias en el estado de Oaxaca, especialmente en el Istmo de Tehuantepec, han motivado la reforma de la ley de tránsito, ya que SEMOVI no respondía a las quejas ciudadanas ni aplicaba adecuadamente la ley de vialidad.
A pesar de la demora en su aprobación, esta medida responde a la necesidad de abordar los múltiples accidentes involucrando moto taxis en carreteras estatales y federales, que habían excedido la tolerancia del Gobierno del Estado de Oaxaca.
SEMOVI, a pesar de las implicaciones económicas, se verá obligada a aplicar la ley.
Las disposiciones legales se basan en el decreto 1731 aprobado por la LXIV Legislatura local el 30 de septiembre de 2020, el cual reformó la ley de movilidad, entrando en vigor el 24 de octubre de 2024.
Según el artículo transitorio del decreto, los moto taxis seguirán operando con las obligaciones y derechos establecidos por la ley y el reglamento correspondiente, con la limitación de no transitar fuera del territorio de la localidad, salvo autorización expresa.
En áreas conurbadas, el servicio de moto taxi se prestará exclusivamente en las colonias de la periferia.
Se espera un fuerte operativo una vez que se emitan las instrucciones correspondientes.