Oaxaca de Juárez, Oax.- El Juez Cuarto de Distrito del estado de Oaxaca desechó la demanda de amparo que el abogado Enrique Toro Ferrer promovió en contra del decreto de expropiación de 11.84 hectáreas de tierra ubicadas en la antigua fábrica de triplay, en la agencia de San Martín Mexicápam, en Oaxaca de Juárez.
El juzgador sostuvo que el recurso de amparo fue promovido de manera extemporánea –ocho días después del plazo legal– por lo que fue improcedente.
En ese sentido, la autoridad precisó que la parte inconforme tuvo 15 días después de publicado el decreto para recurrir a las instancias competentes.
En la resolución, se explicó que el gobierno de Oaxaca publicó en dos ocasiones en el Periódico Oficial del Estado el decreto de expropiación: la primera, el 17 de julio y la segunda el día 27 del mismo mes, por lo que el recurso de amparo tuvo que haberse promovido en los 15 días posteriores a tales publicaciones.
En ese sentido, agregó que la petición de Toro Ferrer llegó al juzgado el 25 de agosto, fuera de los plazos legales.
“De ahí que si esos decretos se publicaron los días 17 y 27 de julio del año 2023, el término de 15 días con que contaba la parte quejosa, para instar este juicio de amparo le inició a partir de las cero horas de esos días; de ahí que, si la demanda de amparo la presentó el 25 de agosto de este año (ante la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec), es inconcuso que la formuló de manera extemporánea, pues dicho plazo le transcurrió del 28 de julio al 17 de agosto actual”, se lee en la resolución.
“En atención a lo anterior, con fundamento en el artículo 113 de la Ley de Amparo, se desecha de plano la demanda de cuenta, ante un motivo manifiesto e indudable de su improcedencia”.
A nombre de la ciudadana María Elena M.L, que se identifica como dueña del terreno involucrado en la expropiación, el abogado había reclamado “las ilegales publicaciones extraordinarias en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, de fechas 17 y 27 de Julio del año 2023, respecto del decreto por el cual expropia el polígono ubicado en el Paraje Guria Guiigu, con la finalidad de construir un Centro Cultural, Deportivo y de Manejo Ambiental”.
La demanda alegaba “falta de notificación y emplazamiento a mi poderdante dentro del expediente de expropiación SGEO/P/EXP/01/2023, por medio del cual se expropió y afectó el inmueble denominado como paraje Guria Guiigu, ubicado en la agencia de San Martín Mexicápam, Oaxaca de Juárez, Oaxaca el cual pertenece a mi poderdante”.